Descubre qué tienes que hacer si eres extranjero y quieres trabajar por cuenta ajena en España. Tendrás que pagar la tasa 790 062 para poder hacer la tramitación en forma de autorización de trabajo. Te explicamos qué es, qué tasas hay de extranjería, cuánto cuesta la tasa 790-062, dónde acudir y cómo pagarla.
Índice de contenido:
Qué es la Tasa 790 Modelo 062
La Tasa 790 062 corresponde al impuesto que tiene que pagar el empresario o empleador cuando se tramita la autorización o renovación de la residencia temporal y de trabajo por cuenta ajena de un trabajador extranjero.
La tasa 790 062, por lo tanto, la paga el empresario o empleador. El trabajador extranjero, por su parte, tiene que pagar la tasa 790 052, que se corresponde con la solicitud de residencia temporal y de trabajo por cuenta ajena y la tasa 790 012, cuyo pago se efectúa antes de poner la huella para el TIE (NIE físico).
Cuánto cuesta la Tasa 790 – 062
La tasa que se tiene que pagar por la tramitación de la solicitud de autorización de trabajo por cuenta ajena para extranjeros depende de varios aspectos que desglosamos a continuación: Si es una solicitud de autorización, si lo es para una renovación o si es para una prórroga.
Precio Tasa para Autorización de Trabajo con retribución inferior a 2 veces el S.M.I.: 199,82 €
- Autorización de trabajo por cuenta ajena;
- Autorización de trabajo por cuenta ajena para investigación;
- Autorización de trabajo por cuenta ajena de trabajadores altamente cualificados con tarjeta azul UE;
- Autorización por cuenta ajena para trabajadores transfronterizos;
- Autorización de trabajo por cuenta propia;
Precio Tasa para Autorización de Trabajo con retribución igual o superior a 2 veces el S.M.I.: 399,67 €
- Autorización de trabajo por cuenta ajena con autorización de residencia;
- Autorización de trabajo por cuenta ajena para investigación;
- Autorización de trabajo por cuenta ajena de trabajadores altamente cualificados con tarjeta azul UE;
- Autorización por cuenta ajena para trabajadores transfronterizos.
Precio Tasa para Autorización para estudios, prácticas o voluntariado: 119,89 €
Precio Renovación o modificación de autorización de Trabajo: 79,93 €
- Renovación o modificación de autorización de trabajo tras solicitud de autorización de residencia temporal y trabajo;
- Modificación de autorización de residencia por circunstancias excepcionales;
Precio Autorización de trabajo por cuenta ajena con duración específica: 10,72 €
- Autorización por temporada o por campaña;
- Autorización por obra o servicio de carácter temporal;
- Autorización para la formación y/o prácticas profesionales.
Precio Prórroga de autorización de trabajo:
- Prórroga de duración determinada: 16,08 €
- Prórrogas con autorización de estancia para estudios, prácticas y voluntariado: 39,95 €
- Prórroga para trabajadores transfronterizos: 79,93 €
- Prorroga de prestaciones transnacionales de servicios con retribución inferior a 2 veces S.M.I.: 199,82 €
- Prorroga de prestaciones transnacionales de servicios con retribución igual o superior a 2 veces S.M.I.: 399,67 €
Dónde y cómo pagar la Tasa 790 – 062
Puedes pagar la tasa 790 modelo 062 de 2 formas: a través de internet mediante el pago telemático o imprimiendo el formulario de liquidación y yendo a una Oficina de Extranjería para realizar el pago.
Para pagar de forma telemática, accede en el siguiente enlace y pincha sobre la opción marcada en rojo “Acceder a Pagar y enviar la liquidación de la tasa 062 a través de Internet”. Em este caso, se requiere tener DNI Electrónico o tener Acceso con Cl@ve electrónica.
En caso de no tener DNI Electrónico o un Certificado Digital admitido, también puedes imprimir el modelo de formulario de liquidación de la tasa 790-062 en el mismo enlace, concretamente, pinchando sobre la opción marcada en rojo “Acceder a Rellenar e imprimir el formulario de liquidación de la tasa 062”. Una vez cumplimentado el modelo de tasa 790 062, ya sólo queda acudir a una Oficina de Extranjería que haya en la Provincia donde se van a prestar los servicios laborales y realizar el pago.
En caso de que la empresa preste servicios en varios puntos de trabajo repartidos en varias provincias o tenga más de 500 trabajadores, tendrá que acudir a la Unidad de Grandes Empresas de la Dirección General de Inmigración.
Encuentra tu Oficina de Extranjería y sus horarios correspondientes en el siguiente enlace.
Qué Tasas de Extranjería hay para Trabajar en España
Las tasas de extranjería que se corresponden con la autorización o renovación de la residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de un extranjero son 3:
Tasa Modelo 790 Código 052
- A pagar por el trabajador extranjero antes de presentar el expediente de renovación;
- Puedes encontrar toda la información sobre esta tasa en nuestro artículo TASA 790 – 052 / Qué es y cuánto cuesta.
Tasa Modelo 790 Código 062
- A pagar por el empleador antes de presentar el expediente de renovación;
- Consulta toda la información sobre esta tasa en nuestro artículo TASA 790 – 062 / Qué es y cuánto cuesta.
Tasa Modelo 790 Código 012
- A pagar por el trabajador extranjero cuando se solicita el TIE;
- Encontrarás toda la información sobre esta tasa en nuestro artículo TASA 790 – 012 / Qué es y cuánto cuesta.
Por lo tanto, cuando solicites una autorización o una renovación de la residencia y trabajo por cuenta ajena, tendrás que presentar pagadas las dos tasas 790 052 y 062 y pagar la 790 012 antes de recoger el TIE (NIE físico).
Consulta además nuestros artículos sobre cómo solicitar CITA PREVIA para el NIE y el TIE (NIE físico):
- CITA PREVIA NIE – Solicitud y Renovación
- TIE – Tarjeta de Identidad de Extranjero – Cita Previa y Requisitos
- Cita Previa para Toma de Huellas en Extranjería – NIE (TIE)
- Cómo va lo mío
Sigue los pasos indicados en nuestros artículos y te pondrás al día de todos los documentos legales necesarios para residir y trabajar en España de forma sencilla, cómoda y rápida.
Entonces para renovar el NIE(hoja verde)porque he cambiado de domicilio tengo que pagar las tres tasas?(790 062-790 012-790 052).Soy comunitario de la UE. Tengo la Hoja verde como permanente y puedo trabajar con ella en españa.Solo quiero renovarlo por el domicilio,lo que pasa que no entiendo lo de las tasas y cual tengo que pagar,gracias!
Hola Nicolas , en respuesta a tu pregunta del pago de las tres tasas , es si hay que pagar las tres tasas pero las primeras que tendras que pagar son las 790 052 y la 790 062 ambas tendras que pagar la poder hacer la solicitud de renovación y cuando te den la resolución favorable tendras que sacar una cita para ir a poner huellas que el dia que tengas que presentarte tendras que llevar pagada la ultima tasa que es para el tramite de la tarjeta el plastico y tienes que pagar la tasa 790 012 que es la ultima que se paga y si son tres…
espero que te haya servido mi comentario. ….
los precios de las tasas varian segun las reformas y modificaciones que hagan
segun lo ultimo que domino es
la 790 052 por 16.24 €
la 790 062 por 80.73€
la 790 012 por 19. 68
Hola para la modificación de residencia laboral al pagar la tasa790 062 cual punto debo marcar la 2.1 o 2.2 gracias
La modificación de residencia laboral se refiere a un cambio en su autorización de residencia y trabajo, lo que significa que debe pagar la tasa 790 062 para solicitar la modificación correspondiente. Para saber qué opción marcar en la tasa, debe considerar lo siguiente:
Si actualmente tiene una autorización de residencia y trabajo y desea cambiar su trabajo o empleador, debe marcar la opción 2.1 «Modificación de autorización inicial de trabajo y residencia temporal».
Si actualmente tiene una autorización de residencia temporal sin trabajo y desea solicitar una autorización de residencia y trabajo, debe marcar la opción 2.2 «Modificación de autorización de residencia temporal para autorización de trabajo y residencia temporal».
En cualquier caso, le recomendamos que lea atentamente las instrucciones y las opciones disponibles en el formulario de solicitud antes de realizar cualquier marca en la tasa. Además, es posible que desee buscar asesoramiento legal especializado en derecho de extranjería en España para asegurarse de que está seleccionando la opción correcta y completando la solicitud correctamente.
Hola.tengo que renovar NIE permanente segundo de 5 años coal tasas tengo que pagar y cuánto?gracias
Buenos días
En el caso que tenga que renovar y tenga dos contratos de media jornada, cómo o quién
de los empleadores debería pagar?
Gracias
Hola, en el caso de que haga la modificación del permiso de estudio al de permiso por trabajo por cuenta ajena, cuánto es la cantidad exacta que debe pagar el empleador y yo como trabajador de las correspondientes tasas.
hola estoy en españa y quiero hacer una estacia por estudio quiero saber la taza a pagar
Hola, la tasa que paga el empleador es obligatoria siempre ? o hay algún caso especifico en que no se solicita el pago de ella?
Hola buen dia… para renovar mi NIE de residencia y trabajo por cuenta ajena , q tasas debo pagar ?
Tengo q esperar a q me llegue la resolución para poder renovar ?? Gracias.
Para renovar tu NIE de residencia y trabajo por cuenta ajena en España, debes pagar una tasa de renovación que varía según la situación uy puede rondar los 20-30 €. Sin embargo, esta tasa puede cambiar y ser diferente según la Comunidad Autónoma en la que resides o según la situación específica de tu renovación.
Además, es importante que tengas en cuenta que, por lo general, para renovar el NIE, es necesario que hayas recibido la resolución que aprueba tu renovación. Por lo tanto, deberías esperar a recibirla antes de proceder a renovar tu NIE.
Obtuve la autorización por arraigo social con un empleador. Ahora quiero transformar dicha autorización en residencia y trabajo por cuenta ajena, pero tengo dos empleadores, uno al 75% y el otro al 25%. Cómo tengo que pagar la tasa 790 062. Tengo que pagar 2 veces la 062? Una por cada empleador?
Si obtuvo la autorización por arraigo social con un empleador y ahora desea transformarla en una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena con dos empleadores, es necesario seguir los procedimientos correspondientes. En cuanto al pago de la tasa 790 062, en principio, no es necesario pagarla dos veces.
Hola Amaia. La tasa 790 062, que se utiliza para solicitar una modificación de autorización de residencia temporal para autorización de trabajo y residencia temporal, se paga una sola vez por el trámite de modificación, independientemente del número de empleadores. Sin embargo, es importante tener en cuenta que el proceso de modificación de su autorización para incluir a dos empleadores puede requerir documentación adicional, como contratos de trabajo y otros requisitos específicos. Le recomendaría ponerse en contacto con la Oficina de Extranjería correspondiente o consultar con un asesor legal especializado en derecho de extranjería en España.
Obtuve residencia temporal por circunstancias excepciones,arraigo social, actualmente tengo que realizar la modificación de mi residencia y me encuentro cobrando subsidio por desempleo. Entonces que debo hacer con la tasa 062. Cuál casilla marcar en el modelo? Cual sería el coste de lo que debo pagar aún sin tener empleo